Artículo 26 del Reglamento Abrogado
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Artículo 26 dice que cuando te den un permiso para generar electricidad, ese permiso debe traer por lo menos cierta información básica. Por ejemplo, tiene que incluir tu nombre completo o el de tu empresa, tu dirección, y dónde estarán las instalaciones donde vas a generar la energía. También debe decir las fechas de inicio y fin de los trabajos, cuánto dura el permiso, una descripción de los equipos que vas a usar y cuánta electricidad piensas generar cada año. Además, si aplica, debe mencionar si tendrás derecho a recibir Certificados de Energías Limpias, y cuáles son tus obligaciones y las razones por las que te podrían cancelar el permiso.
Texto oficial
Artículo 26.- Los permisos de generación contendrán, cuando menos, los siguientes datos: I. Nombre o denominación o razón social y domicilio del permisionario; II. Ubicación de las instalaciones; III. Programa de obra, en su caso; IV. Fechas de inicio y terminación de las obras respectivas, incluyendo la fecha de puesta en servicio y considerando, en su caso, las etapas sucesivas; V. Vigencia del permiso; VI. Descripción de las instalaciones; VII. Derecho a recibir Certificados de Energías Limpias, en su caso; VIII. Capacidad de generación y generación estimada anual de energía eléctrica; IX. Actividades permisionadas, y X. Obligaciones del titular del permiso, causas y plazos de terminación del mismo.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.