Artículo 35 del Reglamento Abrogado
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si te revocan un permiso (es decir, te lo quitan antes de tiempo), eso no te libra de las responsabilidades que adquiriste mientras estaba vigente. Sigue siendo tu obligación pagar o reparar cualquier daño que hayas causado durante ese tiempo, tal como lo marcan las leyes aplicables. En otras palabras, aunque ya no tengas el permiso, aún tienes que cumplir con lo que prometiste o arreglar los problemas que generaste.
Texto oficial
Artículo 35.- La revocación de un permiso no exime al permisionario de las responsabilidades contraídas durante su vigencia, o de la obligación de resarcir aquellos daños o perjuicios que correspondan en términos de las disposiciones jurídicas aplicables.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.