Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LIE/35
Ley
Reglamento Abrogado
Artículo
35

Artículo 35 del Reglamento Abrogado

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si te revocan un permiso (es decir, te lo quitan antes de tiempo), eso no te libra de las responsabilidades que adquiriste mientras estaba vigente. Sigue siendo tu obligación pagar o reparar cualquier daño que hayas causado durante ese tiempo, tal como lo marcan las leyes aplicables. En otras palabras, aunque ya no tengas el permiso, aún tienes que cumplir con lo que prometiste o arreglar los problemas que generaste.

Texto oficial

Artículo 35.- La revocación de un permiso no exime al permisionario de las responsabilidades contraídas durante su vigencia, o de la obligación de resarcir aquellos daños o perjuicios que correspondan en términos de las disposiciones jurídicas aplicables.

Ver texto oficial del Reglamento Abrogado (pág. 11) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

Artículo 35 del Reglamento Abrogado, explicado | Precedente Legal