Artículo 79 del Reglamento Abrogado
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los usuarios calificados son grandes clientes de electricidad, y los comercializadores no suministradores son empresas que compran y venden energía pero no la producen directamente. Si tú perteneces a uno de estos grupos, puedes registrarte en el sistema eléctrico sin pagar nada por el trámite. No te van a cobrar ni un peso por hacer la inscripción. Esto aplica apenas entres a participar en el mercado eléctrico mayorista.
Texto oficial
Artículo 79.- La inscripción de los Usuarios Calificados, así como de los Comercializadores no Suministradores se realizará sin cobro. Capítulo X Del Mercado Eléctrico Mayorista
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.