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Artículo 30 del REGLAMENTO de la Ley de Información Estadística y Geográfica

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobierno va a crear un sistema para identificar negocios, empresas y fábricas con fines estadísticos. En este sistema, la Secretaría (la dependencia encargada) trabajará junto con otras oficinas que ya tengan registros de negocios, y también con las cámaras de industria y de comercio (como Canacintra o Canaco). Las reglas para organizar todo esto las pondrá la misma Secretaría.

Texto oficial

ARTICULO 30.- En la integración del Sistema de Identificación Nacional para Fines Estadísticos, participarán en forma conjunta con la Secretaría representantes de las dependencias que operen registros de unidades económicas, empresas o establecimientos, así como representantes de las cámaras nacionales de industria y de comercio. La organización de este sistema se establecerá en las normas que para tal efecto expida la Secretaría.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 6) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.