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Ley
REGLAMENTO de la Ley de Información Estadística y Geográfica
Artículo
40

Artículo 40 del REGLAMENTO de la Ley de Información Estadística y Geográfica

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría es la que hace los manuales, formatos y avisos necesarios para que todo lo relacionado con los registros funcione bien y sin problemas.

Texto oficial

ARTICULO 40.- La Secretaría expedirá los instructivos, formatos y circulares que requiera el eficaz funcionamiento de las actividades registrales.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley de Información Estadística y Geográfica (pág. 7) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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