Artículo 50 del REGLAMENTO de la Ley de Información Estadística y Geográfica
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El permiso que te dé la Secretaría solo es para ti, no lo puedes pasar a otra persona. Ese permiso tiene una fecha de caducidad y solo se puede renovar una vez por el mismo tiempo. Para renovarlo, debes pedirlo dentro de los 30 días antes de que venza. La Secretaría también lleva un registro con tus datos, cuándo pediste el permiso, para qué lo quieres y si te lo dieron para tomar fotos aéreas o hacer estudios geográficos.
Texto oficial
ARTICULO 50.- La autorización que otorgue la Secretaría no deberá ser transferida a otra persona, señalará su vigencia y podrá revalidarse una sola vez, por un periodo igual. La solicitud de revalidación deberá ser presentada dentro de los treinta días anteriores a la fecha de vencimiento de la autorización. La Secretaría llevará un registro detallado con anotación de los datos concernientes al nombre o denominación de los solicitantes, fecha de presentación, naturaleza y objetivos de las solicitudes y autorizaciones concedidas para la toma de fotografías aéreas o para la realización de estudios y exploraciones geográficas.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.