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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LIEPS/16
Ley
REGLAMENTO de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios
Artículo
16

Artículo 16 del REGLAMENTO de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los contribuyentes, es decir, las personas o empresas que transportan bebidas alcohólicas en grandes cantidades (como barriles o tambos), tienen que poner un sello o precinto oficial en los envases, pero también en las puertas o boquetes del camión o contenedor por donde se cargan o descargan esas bebidas. Básicamente, deben sellar cada entrada y salida del vehículo para evitar que se abran sin autorización. Esto sirve para que el gobierno pueda asegurarse de que no se robe o se mueva el alcohol sin pagar impuestos.

Texto oficial

Artículo 16. Para los efectos del artículo 19, fracción V de la Ley, los contribuyentes que transporten bebidas alcohólicas a granel deberán adherir precintos a los envases o recipientes, en todas las entradas y salidas por donde se puedan cargar o descargar dichas bebidas.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (pág. 3) ↗

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