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Ley
REGLAMENTO de la Ley de Inversión Extranjera y del Registro Nacional de Inversiones Extranjeras
Artículo
30

Artículo 30 del REGLAMENTO de la Ley de Inversión Extranjera y del Registro Nacional de Inversiones Extranjeras

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Registro es una oficina que depende directamente de la Secretaría, y su jefe es el Secretario Ejecutivo de la Comisión. Esto quiere decir que ese Secretario es quien toma las decisiones importantes sobre cómo funciona el Registro. La Secretaría es una dependencia del gobierno, y el Registro forma parte de ella.

Texto oficial

ARTÍCULO 30.- El Registro depende de la Secretaría y está bajo la dirección del Secretario Ejecutivo de la Comisión.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley de Inversión Extranjera y del Registro Nacional de Inversiones Extranjeras (pág. 12) ↗

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