Artículo 45 del REGLAMENTO de la Ley de Inversión Extranjera y del Registro Nacional de Inversiones Extranjeras
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los fedatarios públicos (notarios o jueces que dan fe de documentos) tienen que poner en los contratos o escrituras una obligación especial cuando trabajan con inversiones extranjeras (dinero o empresas de otros países). Si hacen la protocolización (darle validez legal) de un acta de asamblea, por ejemplo para crear una sociedad con inversión extranjera o para que entren nuevos socios extranjeros, deben incluir que la empresa se tiene que inscribir en el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras. También tienen que avisarle al Registro si después cambian el nombre de la empresa, el dueño o la cantidad de acciones. Básicamente, el notario debe asegurarse de que todas las movidas con inversión extranjera queden registradas oficialmente.
Texto oficial
ARTÍCULO 45.- Los fedatarios públicos deben insertar en el instrumento público correspondiente la obligación de: I. Inscribirse en el Registro, cuando intervengan en la protocolización de actas de asamblea correspondientes a actos jurídicos relativos a: a) Personas morales extranjeras para su inscripción en el Registro Público de Comercio; b) Constitución de sociedades en las que participe la inversión extranjera; c) Juntas de socios por virtud de las cuales ingrese la inversión extranjera, o d) Otorgamiento de fideicomisos de los que se deriven derechos en favor de la inversión extranjera; II. Notificar al Registro, cuando intervengan en la protocolización de actas de asamblea relativas a actos jurídicos de sociedades en las que participe la inversión extranjera, referentes a modificación en: a) La denominación o razón social, o Inciso reformado DOF 31-10-2014 b) El capital social o estructura accionaria. Inciso reformado DOF 31-10-2014 c) Derogado. Inciso derogado DOF 31-10-2014 REGLAMENTO DE LA LEY DE INVERSIÓN EXTRANJERA Y DEL REGISTRO NACIONAL DE INVERSIONES EXTRANJERAS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 17-08-2016 17 de 21
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