Artículo 19 del REGLAMENTO de la Ley del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si un consejero quiere proponer un tema para discutir en una junta, necesita que al menos el 25% de los consejeros esté de acuerdo. Si la propuesta se entrega antes de que se mande la invitación a la junta, ese tema se agrega automáticamente a la lista de lo que se va a tratar. Pero si se presenta hasta el inicio de la junta, el grupo de consejeros decide si se discute en ese momento o se deja para otra reunión.
Texto oficial
Artículo 19.- Las propuestas de los consejeros para incluir temas en el orden del día correspondiente, deberán contar con la aprobación del 25% de los mismos. Si dichas propuestas son presentadas previamente a la convocatoria, se incluirán en el orden del día y, si son presentadas al inicio de una REGLAMENTO DE LA LEY DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL PARA EL CONSUMO DE LOS TRABAJADORES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nuevo Reglamento DOF 30-11-2006 5 de 8 sesión, el Consejo Directivo resolverá si se debe desahogar en la misma o programarse para una próxima sesión.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.