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Artículo 31 del REGLAMENTO de la Ley del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Director General tiene que llevar los manuales de varios comités importantes (como los de crédito, riesgos, auditoría y recursos humanos) ante el Consejo Directivo para que este los apruebe. Esto significa que el jefe máximo de la empresa no puede poner en marcha esas reglas por su cuenta, sino que necesita el visto bueno de un grupo de personas que supervisan todo. Es como cuando tienes que pedir permiso a tus jefes antes de hacer cambios grandes en el trabajo.

Texto oficial

Artículo 31.- Los Manuales de los Comités de Apoyo, de Operaciones, de Crédito, de Administración Integral de Riesgos, Auditoría, Control y Vigilancia, y de Recursos Humanos, deberán ser presentados por el Director General para la aprobación del Consejo Directivo. CAPÍTULO QUINTO Del Director General

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

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