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Artículo 35 del REGLAMENTO de la Ley del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Instituto tiene un departamento especial llamado Órgano Interno de Control, que se encarga de vigilar que todo funcione correctamente y sin corrupción. Al frente de ese departamento hay un jefe, que es elegido por la Cámara de Diputados, como lo marca el artículo 37 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. Ese jefe, para poder hacer su trabajo, cuenta con la ayuda de los responsables de las áreas de auditoría, quejas y asuntos de responsabilidades, quienes también son elegidos de la misma manera. En pocas palabras, es como un equipo de supervisión interna que se asegura de que todo se haga bien.

Texto oficial

Artículo 35.- El Instituto contará con un Órgano Interno de Control, al frente del cual habrá un Titular designado en los términos del artículo 37, fracción XII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, quien para el ejercicio de sus facultades, se auxiliará por los titulares de las áreas de auditoría, quejas y responsabilidades, designados en los mismos términos. REGLAMENTO DE LA LEY DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL PARA EL CONSUMO DE LOS TRABAJADORES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nuevo Reglamento DOF 30-11-2006 8 de 8

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

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