Artículo 33 del REGLAMENTO de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo dice que las instrucciones sobre cómo se reparten y en qué se gastan los recursos del fondo para estados y municipios que producen petróleo deben publicarse en el Diario Oficial de la Federación, que es como el periódico oficial del gobierno donde se anuncian las leyes y reglas. Esto es para que cualquier persona pueda enterarse de cómo se maneja ese dinero.
Texto oficial
Artículo 33.- Las reglas de operación para la distribución y destino de los recursos del Fondo para Entidades Federativas y Municipios Productores de Hidrocarburos deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.