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Artículo 33 del REGLAMENTO de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo dice que las instrucciones sobre cómo se reparten y en qué se gastan los recursos del fondo para estados y municipios que producen petróleo deben publicarse en el Diario Oficial de la Federación, que es como el periódico oficial del gobierno donde se anuncian las leyes y reglas. Esto es para que cualquier persona pueda enterarse de cómo se maneja ese dinero.

Texto oficial

Artículo 33.- Las reglas de operación para la distribución y destino de los recursos del Fondo para Entidades Federativas y Municipios Productores de Hidrocarburos deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 8) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.