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Artículo 5 del REGLAMENTO de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que la Secretaría de Hacienda es la que pone los precios y condiciones económicas para las licitaciones especiales, pero solo después de que la Secretaría de Energía le pida hacerlo. Para eso, la Secretaría de Energía debe enviarle varios documentos: primero, la decisión sobre qué tipo de contrato usar; segundo, un borrador de las reglas técnicas de la licitación, incluyendo cómo van a seleccionar a las empresas participantes; tercero, el proyecto de los términos técnicos; y cuarto, información sobre los gastos, costos e inversiones necesarios para que el proyecto sea eficiente, más los perfiles de producción de petróleo o gas por cada área. Todo esto debe entregarse en los formatos y condiciones que las dos dependencias acuerden en sus convenios.

Texto oficial

Artículo 5.- La Secretaría debe determinar las condiciones económicas relativas a los términos fiscales para los procesos excepcionales de licitación de los Contratos, previa solicitud de la Secretaría de Energía. Al efecto, la Secretaría de Energía enviará a la Secretaría lo siguiente: Párrafo reformado DOF 03-10-2025 I. La determinación sobre el Modelo de Contratación; II. El proyecto preliminar de lineamientos técnicos del proceso de licitación, incluyendo su propuesta inicial de los criterios de precalificación; III. El proyecto de los Términos y Condiciones Técnicos, y IV. La información soporte que incluirá, cuando menos, la información relativa a los gastos, costos e inversiones necesarios para un desarrollo eficiente desde el punto de vista técnico, así como los perfiles de producción, por tipo de Hidrocarburo, para cada Área Contractual, y será entregada por la Secretaría de Energía en los formatos y conforme a los términos que se determinen en los convenios de coordinación que para tal efecto suscriban dichas dependencias.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.