Artículo 126 del REGLAMENTO de la Ley del Impuesto sobre la Renta
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando alguien muere y deja sus bienes a una organización autorizada para recibir donativos, esa entrega se considera legalmente un donativo. No importa que la persona haya fallecido; el regalo que hace en su testamento o por herencia cuenta como donación. La organización que recibe los bienes debe estar aprobada por el SAT para que aplique este concepto. En pocas palabras, si le heredas tus cosas a una institución de beneficencia autorizada, el gobierno lo ve como un donativo.
Texto oficial
Artículo 126. Se considerará como donativo la entrega de bienes que se haga por causa de muerte del poseedor o propietario del bien de que se trate a la donataria autorizada. REGLAMENTO DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 06-05-2016 32 de 93
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