Artículo 156 del REGLAMENTO de la Ley del Impuesto sobre la Renta
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si tu jefe o la empresa donde trabajas te paga la prima de un seguro de vida, para la ley es como si tu jefe mismo estuviera haciendo ese pago, aunque se use una persona o empresa diferente para hacer el trámite. Eso significa que el dinero que recibas del seguro (por ejemplo, si falleces o te pasa algo cubierto) no paga impuestos solo si la aseguradora te lo entrega a ti directamente, a tu esposa o esposo, a tu concubino o concubina, o a tus papás, hijos o abuelos que estén señalados como beneficiarios. Si el seguro reparte el dinero entre varias personas, la parte que no va a esos familiares específicos sí tendría que pagar impuestos.
Texto oficial
Artículo 156. Para efectos de lo dispuesto por el artículo 93, fracción XXI, párrafo tercero de la Ley, no se considera que la persona física o moral que paga la prima del contrato de seguro de vida de una persona sujeta a una relación laboral, es distinta del empleador del asegurado, cuando el pago de dicha prima se efectúe con recursos proporcionados por el empleador del asegurado, cualquiera que sea la naturaleza del acto mediante el cual se proporcionen los recursos. Cuando la prima del seguro de vida REGLAMENTO DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 06-05-2016 41 de 93 sea pagada por una persona que no se considera distinta del empleador del asegurado en los términos de este artículo, la exención del Impuesto por las cantidades que las instituciones de seguros paguen por la realización del riesgo asegurado, aplicará únicamente cuando el pago lo haga la institución de seguros directamente al asegurado o a su cónyuge, a la persona con quien hubiera vivido en concubinato, a sus ascendientes o descendientes en línea recta, por tener el carácter de beneficiarios del asegurado. Si sólo una parte de los beneficios provenientes del seguro se pagan a los beneficiarios del asegurado previstos en este párrafo, la exención sólo aplicará para esa parte de los beneficios.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.