Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 158 del REGLAMENTO de la Ley del Impuesto sobre la Renta

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo habla de que cuando muevas tu dinero de ahorro para el retiro (como tu Afore) entre diferentes cuentas o fondos autorizados, se aplicarán las mismas reglas que ya están establecidas en la ley. Esto incluye traspasos de dinero de tus subcuentas de retiro, cesantía, vejez, ahorro voluntario y otros ahorros para cuando te jubiles. También aplica si decides pasar dinero de tu ahorro voluntario a tu ahorro complementario de retiro, siempre y cuando sigas lo que dicen las leyes de seguridad social o de ahorro para el retiro. En pocas palabras, todo movimiento entre estas cuentas se hace siguiendo las mismas reglas.

Texto oficial

Artículo 158. Para efectos del artículo 93, fracción XXVII de la Ley, se dará el tratamiento establecido en dicha fracción, al traspaso de recursos entre sociedades de inversión especializadas de fondos para el retiro o entre administradoras de fondos para el retiro, provenientes de las subcuentas de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, de aportaciones complementarias de retiro, de aportaciones voluntarias y de ahorro a largo plazo, de cuentas de ahorro para el retiro, del seguro de retiro y de fondos de previsión social, que se realice de conformidad con las leyes de seguridad social o de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, así como al traspaso de recursos de la subcuenta de aportaciones voluntarias a la subcuenta de aportaciones complementarias de retiro a las que se refiere la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 41) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.