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Artículo 17 del REGLAMENTO de la Ley del Impuesto sobre la Renta

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si haces contratos para demoler, diseñar, inspeccionar o supervisar una construcción, puedes usar las reglas especiales de los párrafos segundo y tercero del artículo 17 de la Ley (por ejemplo, para pagar impuestos de forma distinta). Pero si decides usar esa opción, tienes que aplicarla a todos los contratos de ese tipo que firmes durante todo el año. No puedes escoger solo algunos contratos para aplicar la regla y otros no.

Texto oficial

Artículo 17. Los contribuyentes que celebren contratos de obra inmueble que tengan por objeto la demolición, proyección, inspección o supervisión de obra, podrán aplicar lo dispuesto en el artículo 17, párrafos segundo y tercero de la Ley. Dicha opción se deberá aplicar para todos los contratos de referencia que celebren en el ejercicio.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.