Artículo 252 del REGLAMENTO de la Ley del Impuesto sobre la Renta
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 252 dice que, si tienes un crédito hipotecario (un préstamo para comprar casa) con un organismo público federal o estatal (como el Infonavit o el Fovissste), los intereses reales que sí pagaste en el año se pueden descontar de tus impuestos. Esto también incluye los intereses por retrasarte en los pagos, llamados moratorios. O sea, puedes restar esos intereses de lo que declaras al SAT, como si fuera un gasto válido. Pero solo aplica si los pagaste efectivamente durante el año fiscal.
Texto oficial
Artículo 252. Para efectos del artículo 151, fracción IV de la Ley, los intereses reales efectivamente pagados en el ejercicio de que se trate, incluyendo los moratorios, derivados de créditos hipotecarios contratados con los organismos públicos federales y estatales, se podrán considerar deducibles en términos de dicho artículo.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.