Artículo 273 del REGLAMENTO de la Ley del Impuesto sobre la Renta
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo habla de cómo se calculan los impuestos cuando compras acciones con una opción de compra. Si pagaste una prima (un anticipo) para tener el derecho de comprar esas acciones después, puedes restar ese anticipo de tus ingresos al calcular el impuesto. Además, ese anticipo se puede ajustar por la inflación desde que lo pagaste hasta que usaste la opción. Cuando vendas las acciones que compraste, para calcular el impuesto debes usar como costo de compra el mismo valor con el que declaraste tus ingresos cuando ejerciste la opción. En palabras simples: lo que pagaste al comprar las acciones (incluyendo el anticipo ajustado) es lo que cuentan como tu inversión al venderlas. Esto evita que pagues impuestos de más.
Texto oficial
Artículo 273. Para efectos del artículo 154 de la Ley, se podrá disminuir del ingreso acumulable a que se refiere dicho precepto percibido por el contribuyente, el monto de la prima que hubieren pagado por celebrar la opción de compra de acciones o títulos valor que representen bienes. El monto de la prima se podrá actualizar por el periodo comprendido desde el mes en el que se haya pagado y hasta el mes en el que se ejerza la opción. Cuando el contribuyente enajene las acciones o títulos valor que obtuvo por haber ejercido la opción de compra, considerará como costo comprobado de adquisición de dichas acciones o títulos valor, el valor que haya servido para la determinación de su ingreso acumulable o gravable al ejercer su opción de compra, proveniente del ejercicio. REGLAMENTO DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 06-05-2016 75 de 93
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.