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Artículo 285 del REGLAMENTO de la Ley del Impuesto sobre la Renta

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando una empresa vende acciones a otra empresa que es su "parte relacionada" (como si fueran primas en los negocios), un contador público registrado debe hacer un reporte especial. Ese reporte, que va dentro de su dictamen, tiene que explicar cómo se calculó el valor de las acciones. Si usó el valor del capital contable actualizado, debe decir cuánto era el capital original y cómo lo ajustó a la fecha de venta. Si usó el valor presente de ganancias futuras, debe detallar el método, la tasa de descuento y otros datos como el sector económico. También, si tomó el precio de la bolsa de valores del día de la venta, debe mencionar de dónde sacó esa información. Al final, el contador siempre tiene que explicar por qué la empresa eligió ese método para fijar el precio.

Texto oficial

Artículo 285. Para efectos del artículo 161, párrafo octavo de la Ley, y tratándose de enajenaciones de acciones entre partes relacionadas, el informe que el contador público inscrito emita en el dictamen sobre el valor contable de las acciones que se enajenan, deberá incluir lo siguiente: I. En el caso de que se hubiera considerado el capital contable actualizado, se deberá citar en forma detallada el monto del capital contable histórico de la sociedad emisora de las acciones enajenadas y su respectiva actualización a la fecha de enajenación; II. Asimismo, cuando se hubiera considerado el valor presente de utilidades o flujos de efectivo proyectados, se deberán citar en forma detallada, el nombre del método o métodos utilizados para determinar las utilidades o flujos de efectivo descontados a valor presente; la tasa de descuento utilizada en porcentaje; la existencia de valores residuales a perpetuidad; el número de periodos de tiempo proyectados y la identificación del sector económico específico al cual pertenece la emisora de las acciones enajenadas, y III. Cuando se hubiera considerado para la determinación de dicho precio de venta, la cotización bursátil del último hecho, que correspondiera a la emisora en el día de la enajenación, se deberá mencionar la fuente de dicha información, así como el sector económico específico a que pertenece dicha sociedad emisora. En todos los casos el contador público inscrito deberá incluir dentro de su informe, la razón por la cual el contribuyente consideró para la determinación del precio de venta de las acciones, cualquiera de los métodos antes señalados, sustentando dicha razón. REGLAMENTO DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 06-05-2016 79 de 93

Ver ley oficial en el DOF (pág. 78) ↗

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