Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 42 del REGLAMENTO de la Ley del Impuesto sobre la Renta

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 42 explica cómo puedes pedirle al SAT que te permita pagar en efectivo a tus proveedores, en lugar de usar tarjeta, transferencia o cheque. Para que te autoricen, el SAT va a revisar si tu proveedor está en un lugar donde no hay bancos o cajeros, y qué tan difícil le es llegar a donde sí hay servicios financieros. Tú tienes que presentar las pruebas que creas necesarias, como fotos o recibos, para demostrar que es difícil pagar de otra forma. La autorización solo sirve para el año en que la pides, y cada año el SAT la revisa para ver si las condiciones cambiaron, como si ya llegaron más bancos o mejoró el transporte.

Texto oficial

Artículo 42. Para efectos del artículo 27, fracción III, párrafo tercero de la Ley, las autoridades fiscales resolverán las solicitudes de autorización para liberar de la obligación de pagar las erogaciones a través de los medios señalados en el primer párrafo de dicha fracción, de conformidad con lo siguiente: I. Se apreciarán las circunstancias de cada caso considerando, entre otros, los siguientes parámetros: a) El que los pagos efectuados a proveedores se realicen en poblaciones o en zonas rurales, sin servicios financieros, y b) El grado de aislamiento del proveedor respecto de las poblaciones o zonas rurales donde hubiera servicios financieros, así como los medios o infraestructura de transporte disponibles para llegar a dichas poblaciones o zonas. Para efectos de esta fracción, el contribuyente deberá aportar los elementos de prueba que considere pertinentes, y REGLAMENTO DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 06-05-2016 11 de 93 II. La vigencia de las autorizaciones se circunscribirá al ejercicio fiscal de su emisión y las autorizaciones serán revisadas anualmente considerando, entre otros, los siguientes aspectos: a) El desarrollo de los medios o de la infraestructura del transporte; b) El grado de acceso a los servicios financieros en la población o zonas rurales de que se trate, y c) Los cambios en las circunstancias que hubieren motivado la emisión de la autorización.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 10) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.