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Artículo 74 del REGLAMENTO de la Ley del Impuesto sobre la Renta

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si compras maquinaria o equipo (activo fijo) para tu negocio y al mismo tiempo adquieres refacciones para mantenerlo funcionando, puedes sumar el costo de esas refacciones al precio original del equipo. Eso te permite deducir el total (equipo más refacciones) aplicando los porcentajes de deducción que autoriza la ley, siempre que las refacciones vengan incluidas en la misma factura del equipo y no las compres por separado. Si después necesitas comprar más refacciones para reponer las que ya usaste, esas nuevas refacciones las puedes deducir por separado en el año en que las compres, siempre que cumplas con los demás requisitos de la ley.

Texto oficial

Artículo 74. Para efectos del artículo 31 de la Ley, los contribuyentes que realicen inversiones de activo fijo y conjuntamente adquieran refacciones para su mantenimiento, que se consuman en el ciclo normal de operaciones de dicho activo, podrán considerar el monto de esas refacciones dentro del monto original de la inversión del activo fijo de que se trate, pudiéndolas deducir conjuntamente con el citado activo fijo, mediante la aplicación en cada ejercicio, de los por cientos máximos autorizados en la Ley, para el activo de que se trate, siempre que dichas refacciones no sean adquiridas por separado de la inversión a la que corresponden y la parte del precio que corresponda a las refacciones se consigne en el comprobante fiscal del bien de activo fijo que se adquiera. En el caso de que con posterioridad a la adquisición del activo fijo y de las refacciones a que se refiere el párrafo anterior, se efectúen compras de refacciones para reponer o sustituir las adquiridas con la inversión original, se considerarán como una deducción autorizada en el ejercicio en el que se adquieran, siempre que reúnan los demás requisitos establecidos en la Ley.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 18) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.