Artículo 33 del REGLAMENTO de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si eres militar retirado y quieres cobrar la ayuda para gastos de funeral, debes ir al Instituto a pedir el pago. Si todavía estás en activo, tienes que hacer el trámite en las unidades de pago de la Secretaría de la Defensa Nacional o de Marina. Los documentos que debes llevar son: una solicitud para pedir la ayuda, una copia certificada del acta de defunción de tu esposo(a), concubino(a), mamá, papá o hijos, y una copia simple de tu identificación oficial con foto por ambos lados. La dependencia donde hagas el trámite puede revisar si los papeles que entregaste son auténticos si lo considera necesario.
Texto oficial
Artículo 33. Al solicitar el pago de la ayuda para gastos de sepelio, el personal militar en situación de retiro deberá presentar ante el Instituto, y el personal militar en activo ante las Unidades Ejecutoras de Pago de la Secretaría de la Defensa Nacional o sus equivalentes en la Secretaría de Marina, la documentación siguiente: Párrafo reformado DOF 20-03-2026 I. Solicitud de trámite del pago de ayuda para gastos de sepelio; II. Copia certificada del acta de defunción de la persona cónyuge, concubina, concubinario, madre, padre, hijas o hijos de la persona militar, y Fracción reformada DOF 20-03-2026 III. Copia simple de una identificación oficial con fotografía de la persona solicitante, por ambos lados. Fracción reformada DOF 20-03-2026 El Instituto o las Unidades Ejecutoras de Pago tendrán la facultad de verificar la autenticidad de los documentos que se presenten para justificar el pago de dicho beneficio, cuando así lo estimen conveniente.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.