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Ley
REGLAMENTO de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas
Artículo
48

Artículo 48 del REGLAMENTO de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 48 dice que si eres militar y pides un crédito hipotecario con dinero del fondo de vivienda militar, ese préstamo solo se puede usar para conseguir una casa o departamento donde vivir con tu familia. No lo puedes usar para otra cosa, como pagar deudas o comprar un terreno para negocio. Esa es la única finalidad: darte un hogar para ti y los tuyos.

Texto oficial

Artículo 48. El otorgamiento de créditos hipotecarios con cargo al fondo de la vivienda militar, tendrá como fin atender las necesidades de habitación familiar de la persona militar. Artículo reformado DOF 20-03-2026

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas (pág. 11) ↗

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