Artículo 49 del REGLAMENTO de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si pides un crédito hipotecario al Instituto para comprar una casa, el Instituto está obligado a revisar que la casa valga lo suficiente para cubrir el préstamo. Para hacer esa revisión, el Instituto va a pedir un avalúo (un peritaje que calcula el valor de la propiedad) y va a mandar a alguien de su equipo a visitar la casa personalmente. También, si lo considera necesario, va a pedir un informe al Registro Público de la Propiedad, que es donde se guardan los datos legales de los terrenos y las casas. Todo esto es para asegurarse de que la casa que quieres comprar realmente vale el dinero que te van a prestar.
Texto oficial
Artículo 49. Para el caso de que el crédito hipotecario se destine para la adquisición de vivienda, el Instituto tendrá la obligación de verificar que el inmueble garantice el monto del crédito autorizado. La verificación referida en el párrafo anterior, se realizará tomando en cuenta el avalúo respectivo y mediante visitas personales y directas por parte del personal del Instituto al inmueble designado por la persona militar para su adquisición y el informe que se solicite al Registro Público de la Propiedad, cuando se estime necesario. Párrafo reformado DOF 20-03-2026
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.