Artículo 6 del REGLAMENTO de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando un militar fallece y a sus familiares les toca recibir pensión, el Instituto los registra y les da una Tarjeta de Filiación. Esta tarjeta se entrega cuando hacen el primer pago de la pensión. Para que puedas usar el servicio médico o cobrar tu pensión, debes mostrar esa tarjeta. Eso sí, en una emergencia médica muy grave te atenderán de inmediato aunque no la tengas, siempre y después compruebes que tienes derecho.
Texto oficial
Artículo 6. El Instituto llevará a cabo la filiación de las personas pensionistas en el momento en que se haya determinado su derecho a percibir pensión por el fallecimiento de la persona militar, en tal caso, se expedirá a favor de las personas interesadas la Tarjeta de Filiación, la cual le será entregada al momento en el que se realice el primer pago del beneficio. Para que la persona pensionista pueda ejercer su derecho al servicio médico y al pago de la pensión deberá presentar la Tarjeta de Filiación, sin perjuicio de que se atiendan de inmediato los casos de extrema urgencia médica, a reserva de probar posteriormente el derecho que les asiste. Artículo reformado DOF 20-03-2026
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.