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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LISSFAM/76
Ley
REGLAMENTO de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas
Artículo
76

Artículo 76 del REGLAMENTO de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para comprobar si estás casado o soltero ante el gobierno, necesitas un documento oficial que lo demuestre. Ese papel solo lo puede emitir el Registro Civil, que es la institución encargada de llevar los registros de nacimientos, matrimonios y defunciones. Si estás casado, te darán una constancia de matrimonio. Si no lo estás, te proporcionarán una constancia de que no tienes matrimonio registrado. Con ese documento puedes acreditar tu estado civil cuando sea necesario.

Texto oficial

Artículo 76. El estado civil se acreditará con las constancias de matrimonio o de inexistencia de éste, expedidas por el Registro Civil.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas (pág. 16) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.