Artículo 105 del REGLAMENTO de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La visa de visitante con permiso para trabajar es para extranjeros que quieran estar en México hasta 180 días naturales (como 6 meses). Para pedirla, tienes que hacer tu solicitud ante el Instituto Nacional de Migración, siguiendo las reglas del artículo 115 de este reglamento.
Texto oficial
Artículo 105. La visa de visitante con permiso para realizar actividades remuneradas a que se refiere la fracción II del artículo 40 de la Ley, se expedirá a favor de las personas extranjeras que deseen permanecer hasta ciento ochenta días naturales en el territorio nacional. La solicitud para esta visa deberá presentarse ante el Instituto en términos del artículo 115 de este Reglamento.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.