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Artículo 131 del REGLAMENTO de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo habla de un permiso especial para extranjeros que quieran trabajar temporalmente en México. Si eres extranjero y tienes una oferta de trabajo, puedes pedir este permiso, pero en la oferta debe decir claramente: en qué vas a trabajar, por cuánto tiempo, dónde será el trabajo y los datos de registro del patrón. Todo el trámite se hace siguiendo las reglas que publique el gobierno en el Diario Oficial de la Federación (ahí se publican las leyes y avisos oficiales). En pocas palabras, necesitas una oferta de empleo formal y seguir el proceso que indiquen las autoridades.

Texto oficial

Artículo 131. La condición de estancia de visitante con permiso para realizar actividades remuneradas prevista en el artículo 52, fracción II, de la Ley, se podrá autorizar a la persona extranjera que demuestre contar con una oferta de empleo en la que indique la ocupación que desarrollará, la temporalidad requerida, el lugar de trabajo y los datos de la constancia de inscripción del empleador. Lo anterior, conforme al procedimiento y requisitos previstos en las disposiciones administrativas de carácter general que serán publicadas en el Diario Oficial de la Federación.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 42) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.