Artículo 153 del REGLAMENTO de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las personas extranjeras que tengan permiso de estar en México por razones humanitarias (por ejemplo, si huyen de violencia o desastres) pueden pedir que les renueven ese permiso tantas veces como sea necesario, mientras dure el problema que las obligó a pedir ayuda. El documento que les dan como visitantes humanitarios les permite entrar y salir de México varias veces, sin necesidad de pedir un permiso nuevo cada vez.
Texto oficial
Artículo 153. Las personas extranjeras que cuenten con la condición de estancia de visitantes por razones humanitarias podrán solicitar las renovaciones que sean necesarias hasta que concluya el proceso o la causa que originó el otorgamiento de la condición de estancia. El documento migratorio que acredite la condición de estancia de visitante, por razones humanitarias, implicará el derecho de su titular para realizar entradas y salidas múltiples del territorio nacional.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.