Artículo 168 del REGLAMENTO de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si eres extranjero y necesitas un permiso o cumplir con algún requisito para hacer actividades reguladas por otras leyes (como trabajar o tener un negocio), tienes que seguir esas leyes aparte de las migratorias. Si no cumples con esas reglas o no tienes la autorización necesaria, la autoridad encargada de eso te sancionará y le pedirá al Instituto Nacional de Migración que inicie un proceso migratorio en tu contra. Eso significa que, además del problema con la otra ley, podrías enfrentar consecuencias migratorias, como que te multen, te detengan o te deporten.
Texto oficial
Artículo 168. En términos de lo dispuesto por el artículo 35 de la Ley, las personas extranjeras que requieran cumplir con requisitos u obtener alguna autorización para realizar actividades reguladas en otras disposiciones jurídicas distintas a las migratorias deberán sujetarse en todo momento a dichas disposiciones. En el caso de que las personas extranjeras incumplan con las disposiciones legales aplicables o carezcan de la autorización referida, la autoridad competente resolverá y solicitará al Instituto que se inicie el procedimiento administrativo migratorio correspondiente. TÍTULO SÉPTIMO DE LA PROTECCIÓN A LOS MIGRANTES QUE TRANSITAN POR EL TERRITORIO NACIONAL CAPÍTULO PRIMERO DEL PROCEDIMIENTO PARA LA VALORACIÓN Y DETERMINACIÓN DEL INTERÉS SUPERIOR DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES MIGRANTES EXTRANJEROS NO ACOMPAÑADOS
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.