Artículo 195 del REGLAMENTO de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando un agente migratorio te detenga para hacer una revisión o inspección, tiene que traer dos papeles contigo: un oficio de comisión (que es como su identificación oficial para hacer ese trabajo) y una orden donde se explique qué va a revisar. Esos documentos deben ser emitidos por un jefe del Instituto de Migración y tienen que decir claramente por qué te revisan (fundados y motivados, esto es que expliquen la razón legal y los hechos concretos). Si no trae esos papeles, no está actuando correctamente.
Texto oficial
Artículo 195. El personal del Instituto que realice las visitas de verificación o revisiones migratorias deberá contar con oficio de comisión, así como con la orden de verificación o de revisión respectiva, según corresponda. Ambos documentos deberán ser emitidos por la autoridad migratoria competente y deberán estar debidamente fundados y motivados.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.