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Artículo 28 del REGLAMENTO de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo dice que pueden quitar a un servidor público del Instituto si no cumple con lo que pide la ley. La primera causa es si deja de cumplir los requisitos necesarios para mantenerse en el puesto, como los que se mencionan en el artículo anterior. La segunda es si no obtiene la certificación que pide el artículo 23 de la Ley, como un documento oficial que acredita que está capacitado. Todo esto aplica además de otras razones que puedan existir en otras leyes.

Texto oficial

Artículo 28. Son causas de separación del cargo de los servidores públicos del Instituto, sin perjuicio de las previstas en otras disposiciones jurídicas aplicables: I. El incumplimiento de cualquiera de los requisitos de permanencia a que hace referencia el artículo anterior, y Fracción reformada DOF 23-05-2014 II. No obtener la certificación a que hace referencia el artículo 23 de la Ley. Fracción reformada DOF 23-05-2014

Ver ley oficial en el DOF (pág. 11) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.