Artículo 57 del REGLAMENTO de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Instituto es el único que puede revisar los papeles que tú entregas cuando pides entrar legalmente a México. Checa que cumplas con todos los requisitos que dice el artículo 37 de la Ley y que tus documentos sean válidos y no estén vencidos. Con base en eso, decide si te deja entrar o si te regresa al país de donde vienes o a otro donde puedas ser aceptado.
Texto oficial
Artículo 57. El Instituto, de forma exclusiva, revisará la documentación que presenten las personas extranjeras al momento de solicitar su internación regular al territorio nacional, para comprobar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 37 de la Ley, así como la validez y vigencia de la misma, y determinar su admisión al territorio nacional o rechazo al país de procedencia o al país donde sean admisibles.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.