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Artículo 40 del REGLAMENTO de la Ley Minera

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para que se pueda agregar un terreno a las reservas mineras del país, la Secretaría de Economía primero tiene que hacer un estudio llamado "manifestación de impacto regulatorio". Ese estudio sirve para analizar qué efectos tendrá esa decisión, y debe hacerse siguiendo las reglas del Capítulo Tercero de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. En el análisis, la Secretaría debe tomar en cuenta, entre otras cosas, cuánto vale en el mercado lo que se espera extraer de ese lugar (aunque todavía no esté confirmado al 100%) y también qué beneficio traería usar el terreno para otra cosa o aprovechar el mineral que contiene.

Texto oficial

ARTÍCULO 40.- Para incorporar una zona a reservas mineras, la Secretaría previamente deberá elaborar una manifestación de impacto regulatorio sobre el efecto de dicha incorporación, en los términos del Capítulo Tercero de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, tomando en cuenta, entre otros aspectos, el valor a precios de mercado de las reservas minerales, en su calidad de probables y REGLAMENTO DE LA LEY MINERA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 31-10-2014 24 de 55 potenciales, cubicadas con motivo de las obras y trabajos desarrollados y el beneficio que se obtendría por el uso alterno del terreno o del uso del depósito mineral que éste contenga. TÍTULO TERCERO Derechos que Confieren las Concesiones y Asignaciones Mineras CAPÍTULO I De los Derechos Diversos

Ver ley oficial en el DOF (pág. 23) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.