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Ley
REGLAMENTO de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos
Artículo
146

Artículo 146 del REGLAMENTO de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 146 dice que, para que un trabajador de pesca pueda subir de puesto, tiene que comprobar cuánto tiempo ha estado trabajando a bordo de un barco. Este tiempo se llama “Tiempo de Embarque” y es necesario para demostrar que tiene experiencia. Además, debe cumplir con todos los demás requisitos que marca este reglamento.

Texto oficial

Artículo 146.- El personal de pesca deberá demostrar su Tiempo de Embarque para poder ascender a la categoría inmediata superior, cubriendo los requisitos establecidos en este Reglamento.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos (pág. 33) ↗

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