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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LNCM_040315/22
Ley
REGLAMENTO de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos
Artículo
22

Artículo 22 del REGLAMENTO de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las Unidades Fijas Mar Adentro, que son estructuras o plataformas permanentes colocadas en el mar, no están incluidas en las reglas de este capítulo de la ley. Esto significa que las reglas que se explican aquí no aplican para esas plataformas, ni las obligan ni las protegen. En otras palabras, si tienes un negocio o equipo en una plataforma fija en el mar, no te toca seguir estas disposiciones. Solo aplica para otras cosas que sí están mencionadas en este capítulo.

Texto oficial

Artículo 22.- Las Unidades Fijas Mar Adentro no serán objeto de la regulación de este Capítulo.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos (pág. 12) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.