- Ley
- REGLAMENTO de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos
- Artículo
- 24
Artículo 24 del REGLAMENTO de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando una empresa vaya a contratar a trabajadores para puestos operativos, debe darle preferencia a mexicanos. Para lograrlo, tiene que avisarle a la Dirección General qué tipo de perfiles necesita, para que esa oficina pueda organizar cursos de capacitación y preparar a la gente que cumpla con esos requisitos. Así se aseguran de que más mexicanos tengan la oportunidad de ser contratados.
Texto oficial
Artículo 24.- En la contratación de su personal operativo, los interesados procurarán favorecer la inclusión de trabajadores mexicanos, por lo que notificarán a la Dirección General los perfiles del personal requerido, a fin de que ésta instrumente los cursos de capacitación necesarios para la formación de dicho personal. Sección II Temporalidad de la Caracterización Tecnológica
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