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Artículo 242 del REGLAMENTO de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las Capitanías de Puerto, que son como las oficinas de la marina en cada puerto, se encargan de coordinar las actividades de REMAFE (el sistema de Remolque, Amarre, Muelles y Fondeo). Esto significa que ayudan a que los barcos naveguen seguros dentro del país y cuidan que no haya problemas en las zonas del puerto que son responsabilidad del gobierno federal. También vigilan las áreas de agua que están a cargo de las empresas que manejan los puertos. En pocas palabras, su trabajo es garantizar que los barcos lleguen y salgan sin peligro, y que todo esté en orden en esas instalaciones.

Texto oficial

Artículo 242.- A las Capitanías de Puerto, dentro de su jurisdicción y bajo la coordinación de la Dirección General de Marina Mercante, les corresponde desarrollar las actividades de REMAFE, las cuales tienen como propósito brindar el auxilio para la Navegación interior, así como la vigilancia y seguridad en los recintos portuarios de administración federal y en las áreas de agua de los recintos que estén a cargo de las Administraciones Portuarias Integrales.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 56) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.