Artículo 242 del REGLAMENTO de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las Capitanías de Puerto, que son como las oficinas de la marina en cada puerto, se encargan de coordinar las actividades de REMAFE (el sistema de Remolque, Amarre, Muelles y Fondeo). Esto significa que ayudan a que los barcos naveguen seguros dentro del país y cuidan que no haya problemas en las zonas del puerto que son responsabilidad del gobierno federal. También vigilan las áreas de agua que están a cargo de las empresas que manejan los puertos. En pocas palabras, su trabajo es garantizar que los barcos lleguen y salgan sin peligro, y que todo esté en orden en esas instalaciones.
Texto oficial
Artículo 242.- A las Capitanías de Puerto, dentro de su jurisdicción y bajo la coordinación de la Dirección General de Marina Mercante, les corresponde desarrollar las actividades de REMAFE, las cuales tienen como propósito brindar el auxilio para la Navegación interior, así como la vigilancia y seguridad en los recintos portuarios de administración federal y en las áreas de agua de los recintos que estén a cargo de las Administraciones Portuarias Integrales.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.