Artículo 276 del REGLAMENTO de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si un barco mexicano es revisado y se descubre que tiene fallas que ponen en peligro la seguridad en el mar o dañan el medio ambiente, las autoridades le darán al capitán o al dueño del barco un documento donde se expliquen esas fallas. Además, no le darán ningún permiso o certificado, o si ya lo tenía, se lo suspenderán hasta que arregle todos los problemas. En pocas palabras, el barco no podrá navegar legalmente hasta que esté en buenas condiciones.
Texto oficial
Artículo 276.- Si como resultado de la Inspección que se practique a una Embarcación o Artefacto Naval mexicano, se determina que las deficiencias ponen en riesgo tanto la seguridad marítima como la preservación del medio marino, se entregará al capitán o al armador, un pliego de observaciones indicando las deficiencias y no se expedirá certificado alguno o en su caso procederá a suspender la vigencia del certificado correspondiente hasta que se subsanen las mismas.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.