Artículo 287 del REGLAMENTO de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si tienes un barco o artefacto naval que no está considerado en otra regla y no sabes qué tan gruesas eran originalmente sus placas o partes, la Dirección General va a decidir cuánto desgaste máximo puede tener. Es decir, ellos te dirán hasta qué punto se puede gastar o adelgazar el metal sin que sea peligroso. No hay un número fijo, todo depende de lo que ellos determinen.
Texto oficial
Artículo 287.- Para las Embarcaciones o Artefactos Navales que no están en el supuesto anterior y se desconozcan los espesores originales de las placas y elementos estructurales, el desgaste máximo permisible será el que determine la Dirección General.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.