Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 297 del REGLAMENTO de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para que un barco o embarcación pueda ser revisado, inspeccionado y recibir su certificado, tiene que estar listo para cualquier prueba que le pidan. Además, debe cumplir con tres cosas: que todos sus sistemas y equipos estén funcionando, que los tanques donde lleva carga o las bodegas estén limpios y sin gases peligrosos, y que el cuarto de máquinas y las partes bajas del barco (sentinas) estén limpias. Esto es para asegurar que la nave está en buenas condiciones y no representa un riesgo.

Texto oficial

Artículo 297.- Las Embarcaciones o Artefactos Navales para ser sujetas de reconocimiento, Inspección y, en su caso, certificación, deberán estar disponibles para realizar cualquier prueba que se solicite, y además deberán contar con: I. Todos sus sistemas y equipos instalados a bordo en operación; II. Tanques de carga o bodegas limpios y desgasificados, y III. Cuarto de máquinas y sentinas limpias.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 66) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.