Artículo 315 del REGLAMENTO de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo habla sobre los permisos que necesita un lugar que da servicio a barcos. A esos lugares, como astilleros (donde se reparan barcos) o talleres de reparación, se les da un número de registro y un certificado de aprobación que dura un año. También aplica para instalaciones que reparan equipos de seguridad, como salvavidas, extinguidores o sistemas contra incendios. Después, el artículo lista los tipos de desechos que los barcos pueden dejar en estos lugares. Por ejemplo, están los residuos de aceite (Tipo A), aguas sucias de los baños (Tipo C), basuras sólidas (Tipo D), y cosas como químicos dañinos o residuos de limpieza de motores (Tipos B, E, F y G). Esto ayuda a clasificar cómo manejar cada tipo de basura de manera segura.
Texto oficial
Artículo 315.- A las instalaciones de servicio se les expedirá: I. Número de registro permanente y certificado de aprobación marítima, con una vigencia de doce meses a: astilleros, diques, diques flotantes, varaderos y talleres de reparación naval, sean mecánicos, eléctricos, electromecánicos o radioeléctricos, y II. Número de registro permanente y certificado de aprobación marítima, con una vigencia de doce meses a: Instalaciones de servicios de reparación y mantenimiento de Dispositivos y Medios de Salvamento, equipos contraincendio, sistemas de contraincendio y receptores de Desechos. Para efectos de las instalaciones de recepción de Desechos generados por los buques, éstas se clasifican en las siguientes categorías: Tipo A: Residuos de carga de Hidrocarburos y mezclas oleosas; Tipo B: Residuos de carga de Sustancias Nocivas Líquidas; Tipo C: Aguas sucias de los buques; Tipo D: Basuras sólidas de los buques; Tipo E: Sustancias que agotan la capa de ozono; Tipo F: Residuos de la limpieza de gases de escape, y Tipo G: Sedimentos de aguas de lastre. Sección III Oficiales de Supervisión de Seguridad Marítima, Atribuciones e Impedimentos
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.