- Ley
- REGLAMENTO de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos
- Artículo
- 329
Artículo 329 del REGLAMENTO de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Todas las lanchas, barcos o cualquier estructura flotante que sea mexicana, ya sea nueva o vieja, y sin importar para qué se use, debe tener un certificado de arqueo. Eso es un documento oficial que mide el tamaño y la capacidad del barco. No importa si es para pescar, transportar gente o pasear: si es mexicano, necesita ese papel para andar legal. En otras palabras, cualquier embarcación mexicana está obligada a tenerlo.
Texto oficial
Artículo 329.- Todas las Embarcaciones y Artefactos Navales mexicanos nuevos o existentes, independientemente de su uso, deberán contar con certificado de arqueo.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.