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Ley
REGLAMENTO de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos
Artículo
329

Artículo 329 del REGLAMENTO de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Todas las lanchas, barcos o cualquier estructura flotante que sea mexicana, ya sea nueva o vieja, y sin importar para qué se use, debe tener un certificado de arqueo. Eso es un documento oficial que mide el tamaño y la capacidad del barco. No importa si es para pescar, transportar gente o pasear: si es mexicano, necesita ese papel para andar legal. En otras palabras, cualquier embarcación mexicana está obligada a tenerlo.

Texto oficial

Artículo 329.- Todas las Embarcaciones y Artefactos Navales mexicanos nuevos o existentes, independientemente de su uso, deberán contar con certificado de arqueo.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos (pág. 75) ↗

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