- Ley
- REGLAMENTO de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos
- Artículo
- 330
Artículo 330 del REGLAMENTO de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las lanchitas de madera hechas a mano que midan menos de 2.50 metros de largo y los botes usados solo para carreras deportivas no necesitan el certificado de arqueo. Ese certificado es un documento oficial que mide el tamaño y la capacidad de una embarcación. Como son barcos chiquitos o de competencia, la ley los exenta de ese trámite para hacerlo más sencillo. Así que si tienes una lancha así, no te preocupes por ese papel.
Texto oficial
Artículo 330.- Las Embarcaciones de madera de eslora menor a 2.50 metros de construcción artesanal y las Embarcaciones deportivas dedicadas a competencias, no requerirán del certificado de arqueo.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.