Artículo 335 del REGLAMENTO de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Las embarcaciones pequeñas (de menos de 500 unidades de medida llamadas UAB) que tengan cubierta completa o solo en parte deben seguir las reglas que vienen en el Manual de Inspección. Esto significa que, si tienes un barco de ese tamaño con algo de cubierta, tienes que revisar ese manual para saber qué requisitos cumplir. La ley no dice más detalles, solo que te debes guiar por lo que ahí se indique.
Texto oficial
Artículo 335.- Las Embarcaciones Menores de quinientas UAB, que cuenten con Cubierta Principal o parcial, cumplirán con las disposiciones señaladas en el Manual de Inspección.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.