- Ley
- REGLAMENTO de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos
- Artículo
- 365
Artículo 365 del REGLAMENTO de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si tu barco mide menos de 300 Unidades de Arqueo Bruto (que es como se mide su tamaño), no necesitas cumplir todas las reglas de seguridad, sino solo lo que diga el Manual de Inspección. También puede haber casos donde la Dirección General te perdone algunos requisitos, pero eso lo deciden ellos para cada barco. Básicamente, las lanchas o embarcaciones chicas tienen reglas más ligeras que los barcos grandes.
Texto oficial
Artículo 365.- Las Embarcaciones con menos de trescientas UAB, cumplirán con las disposiciones señaladas en el Manual de Inspección y con las exenciones que la Dirección General autorice en cada caso. Sección XII Seguridad en la Navegación
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.