Artículo 371 del REGLAMENTO de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 371 dice que una "señal internacional de socorro" es cualquier cosa que se vea o se escuche, y que se mande o reciba directa o indirectamente, para avisar que un barco o un avión está en peligro. Esas señales están definidas en los códigos internacionales que México ha aceptado usar. Por ejemplo, puede ser una luz, un sonido o un mensaje especial que indique que necesitan ayuda urgente. En pocas palabras, es la forma oficial de pedir auxilio cuando una embarcación o aeronave corre peligro.
Texto oficial
Artículo 371.- Se entiende por señal internacional de socorro, todo medio visual o audible emitido o recibido de manera directa o indirecta, que indica que una Embarcación o aeronave, están en peligro y que está definido en los Códigos Internacionales aplicables para nuestro país.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.