- Ley
- REGLAMENTO de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos
- Artículo
- 421
Artículo 421 del REGLAMENTO de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo dice que, en las plataformas de perforación que están en el mar, el jefe máximo es el capitán, como en un barco. Pero también debe haber un encargado técnico, que solo se ocupa de que el equipo de perforación funcione bien. El capitán manda en general, y el técnico se enfoca en lo operativo. Así se dividen las responsabilidades para que todo esté en orden.
Texto oficial
Artículo 421.- En las Unidades Móviles de Perforación Mar Adentro habrá una autoridad máxima que recaerá en el capitán. No obstante, habrá un responsable técnico que se encargará exclusivamente de la parte operativa del equipo de perforación.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.